- ✓No se identifican hechos comunes, ya que los artículos proporcionados tratan sobre seis eventos completamente distintos y sin relación entre sí: una normativa de pensiones, una lesión deportiva, un accidente de tránsito fatal, un plan de conservación ambiental, una controversia sobre premios a un videojuego y una declaración de un músico sobre una figura política.
La Superintendencia de Pensiones emitió este jueves la normativa definitiva que establece los requisitos para la creación de nuevas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y eleva las exigencias para sus directorios y ejecutivos principales de inversiones, en el marco de la implementación de la reforma previsional.
Según informó el organismo regulador mediante un comunicado, la nueva Norma de Carácter General (NCG) N° 354 regula la constitución, autorización y puesta en marcha de una nueva AFP. La normativa se alinea con la ley de pensiones aprobada por el Congreso a inicios de 2025, la cual amplía el espectro de entidades que pueden formar una administradora.
La Superintendencia detalló, según la información publicada por La Tercera, que podrán constituir una AFP las Administradoras Generales de Fondos (AGF) no filiales de una entidad bancaria, las cooperativas de ahorro y crédito y las cajas de compensación de asignación familiar, siempre que cumplan requisitos legales y cuenten con la autorización de su regulador sectorial correspondiente. También podrán hacerlo personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que cumplan con la regulación.